La Era
18 abr 2026 · Actualizado 01:56 UTC
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Corte Suprema ordena bloquear sitios espejo de apuestas online tras revocar fallo de Apelaciones

El máximo tribunal de Chile invalidó la decisión de la Corte de Apelaciones que permitía la libre navegación en direcciones URL alternativas de plataformas de apuestas.

Valentina Reyes

2 min de lectura

Corte Suprema ordena bloquear sitios espejo de apuestas online tras revocar fallo de Apelaciones
Foto: accj.cl

La Corte Suprema revocó un fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago que daba por cumplida la orden de bloquear sitios de apuestas online, permitiendo que las plataformas siguieran operando mediante direcciones 'espejo'.

El máximo tribunal determinó que la resolución de la instancia inferior incurría en un error al considerar ejecutada la medida de bloqueo, cuando en la práctica las empresas de telecomunicaciones solo limitaban el acceso al enlace principal.

La disputa judicial involucra a las compañías Claro, Entra, GTD, Movistar, WOM y VTR. Estas prestadoras habían justificado ante la Corte de Apelaciones la imposibilidad técnica de bloquear las direcciones alternativas sin afectar otros servicios de internet.

El fin de la impunidad para los sitios espejo

Tras el primer bloqueo, las plataformas de apuestas comenzaron a operar con cambios en sus direcciones URL. Ante esta situación, la Lotería de Concepción y la Polla Chilena de Beneficencia solicitaron que la medida se extendiera también a estos sitios espejo.

Sin embargo, la Corte de Apelaciones había validado la postura de las empresas de telecomunicaciones, permitiendo que el bloqueo se limitara únicamente al link principal. Para el usuario final, esta distinción resultaba inexistente, ya que los sitios espejo funcionaban con total normalidad.

La Corte Suprema criticó duramente este proceder. El máximo tribunal señaló que la decisión de la Corte de Apelaciones es errónea porque "omite en su análisis que la obligación de las recurridas proviene de una sentencia judicial firme que produce el efecto de cosa juzgada".

Según el fallo, al no bloquear las direcciones alternativas, se permite el desarrollo de una actividad que no cuenta con la debida autorización legal y administrativa. La Corte Suprema precisó que la resolución de la instancia inferior incurre en un "error de tramitación de tener por cumplida la orden impartida en una sentencia firme, en circunstancias que [...] consta que el tribunal asume que ello no es efectivo".

El caso regresará ahora a la Corte de Apelaciones. Los ministros de dicha instancia deberán adoptar las medidas necesarias para asegurar el cumplimiento efectivo de la sentencia dictada en septiembre pasado.

La decisión surge tras una queja presentada contra los ministros de la Corte de Apelaciones por la resolución de marzo de 2026. El recurso de protección original fue interpuesto por Gonzalo Cisternas Sobarzo, actuando en representación de la Lotería de Concepción.

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